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Sostenibilidad empresarial

3 OCTUBRE, 2024

6 MIN

CSRD: qué es, a quién obliga y cómo cambia con el Ómnibus

Carolina Skarupa

Carolina Skarupa

Product Carbon Footprint Analyst

La CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive) es la directiva europea que obliga a las grandes empresas a publicar información de sostenibilidad comparable, fiable y verificada, integrada en el informe de gestión y elaborada conforme a los estándares ESRS. En 2026 su alcance y su calendario han cambiado de forma relevante con el paquete Ómnibus.

Desde la publicación original de este artículo, el marco ha evolucionado: la Directiva (UE) 2026/470, publicada en el Diario Oficial de la UE el 26 de febrero de 2026 y en vigor desde el 18 de marzo de 2026, simplifica la CSRD, eleva los umbrales de aplicación y aplaza la obligación para una buena parte de las empresas. En este artículo encontrarás las novedades clave, qué empresas están afectadas y cómo prepararte, con foco en quienes reportarán por primera vez sobre el ejercicio 2027.

¿Qué es la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa?

La CSRD amplía y refuerza la anterior Directiva de Información No Financiera (NFRD) con un objetivo claro: mejorar la calidad, comparabilidad y fiabilidad de la información ESG que publican las empresas. A diferencia del marco anterior, la CSRD:

  • Integra la sostenibilidad en el informe de gestión, junto con la información financiera.
  • Introduce requisitos de verificación externa.
  • Exige el uso de estándares comunes (ESRS).
  • Obliga a aplicar el principio de doble materialidad.

La sostenibilidad deja de ser un ejercicio narrativo para convertirse en un sistema estructurado de reporting, con implicaciones estratégicas, financieras y operativas.

¿Qué empresas están obligadas a reportar bajo la CSRD?

Tras la Directiva Ómnibus, la CSRD se concentra en las empresas de mayor tamaño. Quedan dentro del alcance:

  • Las grandes empresas con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de facturación neta.
  • Las grandes empresas que ya reportaban bajo la NFRD (la llamada wave 1), que mantienen su obligación.
  • Determinadas matrices de fuera de la UE con actividad significativa en el mercado europeo.

Este ajuste reduce de forma muy notable el número de empresas obligadas (se estima que deja fuera a la mayoría de las que habrían entrado con el texto original), pero no elimina la exigencia para las grandes organizaciones.

Nuevo calendario de aplicación

El paquete Ómnibus, junto con la directiva conocida como “stop-the-clock”, reordenó el calendario:

  • Empresas ya sujetas a la NFRD: continúan reportando (primeros informes CSRD sobre el ejercicio 2024).
  • Grandes empresas dentro de los nuevos umbrales: reportarán por primera vez sobre los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027.

Para entender cómo se relaciona la directiva con los estándares, es útil la comparativa CSRD y ESRS: diferencias y similitudes.

El paquete Ómnibus: qué cambia realmente

La Comisión Europea presentó el paquete Ómnibus en febrero de 2025 con un objetivo claro: simplificar la CSRD sin vaciarla de contenido. El texto se adoptó finalmente como Directiva (UE) 2026/470. Los cambios más relevantes son:

1. Umbrales más altos y menos empresas obligadas

La aplicación se limita a empresas con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de facturación, lo que excluye a la mayoría de las medianas empresas que el texto original habría incorporado.

2. Aplazamiento de la obligación

Las empresas que entran por los nuevos umbrales disponen de más tiempo para prepararse, con el primer reporte referido al ejercicio 2027. Más que una prórroga, es una oportunidad para construir sistemas sólidos.

3. Menos carga de reporting en los ESRS

La revisión de los ESRS impulsada por EFRAG reduce alrededor de un 61 % los datapoints obligatorios y elimina todas las divulgaciones voluntarias, con una bajada aún mayor del total de datapoints. El foco se desplaza hacia información realmente material, verificable y útil. Puedes ver el detalle en nuestra guía del Reglamento Ómnibus y en el análisis de los cambios en los ESRS.

4. Estándares sectoriales pospuestos

Los ESRS sectoriales quedan aparcados por el momento, lo que refuerza la importancia de la doble materialidad como filtro principal.

5. Taxonomía europea parcialmente opcional

Para empresas con facturación inferior a 450 millones de euros, la alineación con la Taxonomía Verde de la UE pasa a ser voluntaria.

6. Nivel de verificación

Se mantiene el aseguramiento limitado (limited assurance) y se descarta, por ahora, el salto al aseguramiento razonable (reasonable assurance).

¿Qué información exigen los informes de sostenibilidad de la CSRD?

La CSRD establece requisitos de información basados en la doble materialidad, que combina la materialidad financiera y la de impacto.

La doble materialidad sigue siendo el eje central

A pesar de los cambios, la doble materialidad permanece intacta. Las empresas deben analizar y reportar:

  • Materialidad financiera: cómo los factores ESG afectan a la situación financiera, el rendimiento y la posición de la empresa.
  • Materialidad de impacto: cómo la actividad de la empresa impacta en el medio ambiente y en las personas.

Este análisis determina qué temas son reportables, lo que convierte a la doble materialidad en la piedra angular de toda la CSRD.

Requisitos de información ESG

La CSRD exige informar sobre cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza:

  • Información ambiental: impacto en el medio ambiente, incluyendo emisiones de gases de efecto invernadero, consumo de agua y energía, gestión de residuos y biodiversidad, con especial atención al cambio climático.
  • Información social: impacto en las personas, incluyendo derechos humanos, condiciones de trabajo, salud y seguridad, diversidad e inclusión y relaciones con las comunidades.
  • Información de gobernanza: gobierno corporativo, gestión de riesgos, ética empresarial y lucha contra la corrupción.

La información debe ser relevante, completa, exacta y equilibrada, reflejando tanto los aspectos positivos como los negativos del desempeño.

Estándares y marcos de referencia de la CSRD

La información debe elaborarse conforme a los estándares europeos de información sobre sostenibilidad (ESRS), desarrollados por EFRAG. Estos estándares aportan las directrices para aplicar los requisitos de la directiva con coherencia y comparabilidad. Además, las empresas pueden apoyarse en otros marcos reconocidos para complementar su información.

Integración con otros marcos: GRI, SASB e ISSB

La CSRD es compatible con otros marcos de sostenibilidad, lo que evita duplicar esfuerzos:

  • GRI: los estándares más usados a nivel mundial, centrados en los impactos económicos, ambientales y sociales.
  • SASB: estándares sectoriales centrados en la información financieramente material, hoy gobernados por el ISSB dentro de la Fundación IFRS.
  • ISSB (IFRS S1 y S2): los estándares globales de divulgación financiera relacionada con la sostenibilidad y el clima, que han incorporado las antiguas recomendaciones del TCFD tras su disolución en 2024.

La revisión de los ESRS persigue precisamente mejorar la interoperabilidad con los estándares del ISSB, de modo que las empresas con operaciones internacionales puedan reutilizar buena parte de su información.

Evaluación de riesgos y oportunidades en la CSRD

La CSRD exige identificar, evaluar y gestionar los riesgos y oportunidades de sostenibilidad, a corto y largo plazo. Los riesgos pueden ser:

  • Físicos: ligados a los impactos del cambio climático, como fenómenos meteorológicos extremos o escasez de recursos.
  • De transición: derivados del paso a una economía baja en carbono, como cambios regulatorios, tecnológicos o de demanda.
  • Reputacionales: asociados a impactos negativos de la actividad en la sociedad o el medio ambiente.

Cómo identificar las oportunidades

Las empresas también deben detectar oportunidades para crear valor a largo plazo, como el desarrollo de productos y servicios sostenibles, la mejora de la eficiencia operativa (con ahorros en recursos, emisiones y residuos) o el acceso a financiación verde.

Cómo prepararse para cumplir con la CSRD en 2027

Aunque el primer reporte parezca lejano, la CSRD requiere años de preparación. Los pasos clave son:

  1. Realizar el análisis de doble materialidad cuanto antes.
  2. Evaluar brechas (gap analysis) frente a los ESRS aplicables.
  3. Definir un modelo de gobernanza del dato ESG equiparable al financiero.
  4. Implicar a las áreas clave: finanzas, legal, RR. HH., compras y operaciones.
  5. Trabajar con la cadena de valor, especialmente para los datos de alcance 3.
  6. Apoyarse en tecnología ESG para automatizar, validar y auditar la información.
  7. Prepararse para la verificación externa desde fases tempranas.

Manglai, tu aliado en el cumplimiento de la CSRD

Manglai es una solución integral para la medición y gestión de la huella de carbono, que facilita el cumplimiento de los requisitos de información de la CSRD. Nuestras funcionalidades permiten el cálculo de emisiones de alcance 1, 2 y 3, el análisis de datos con recomendaciones de reducción y la generación de informes auditables.

Si tu empresa entra en el alcance de la directiva, nuestra solución de cumplimiento de la CSRD te ayuda a ordenar los datos y a transformar la obligación en una palanca de competitividad.


Carolina Skarupa

Carolina Skarupa

Product Carbon Footprint Analyst

Sobre el autor

Licenciada en Ingeniería y Gestión Industrial en el Instituto de Tecnología de Karlsruhe con máster en Gestión y Conservación del Medio Natural de la Universidad de Cádiz. Soy analista de producto en Manglai y asesoro a clientes en la medición de la huella de carbono. Me especializo en desarrollar programas orientados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible para empresas. Mi vocación por la preservación del entorno es clave para la implementación de planes de acción en el ámbito empresarial.

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